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Articulo 43Alto riesgo

Evaluacion de la conformidad

Proveedor
Plazo: 2 de agosto de 2026

El articulo 43 define los procedimientos de evaluacion de la conformidad que los proveedores deben seguir antes de la comercializacion o puesta en servicio de un sistema de IA de alto riesgo. El procedimiento varia segun el tipo de sistema y puede incluir autoevaluacion o intervencion de un organismo notificado.

Puntos clave

1Autoevaluacion basada en control interno para la mayoria de sistemas (Anexo VI)
2Evaluacion por organismo notificado para ciertos sistemas de identificacion biometrica
3Nueva evaluacion requerida en caso de modificacion sustancial
4Documentacion del procedimiento seguido y resultados obtenidos
5Cumplimiento de normas armonizadas ofrece presuncion de conformidad

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