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Calendario AI Act

Calendario completo de entrada en vigor del Reglamento (UE) 2024/1689 sobre inteligencia artificial. Cuatro plazos clave entre febrero 2025 y agosto 2027.

Propuesta ómnibus — aún no adoptada Las fechas mostradas son las del Reglamento (UE) 2024/1689 en vigor. La propuesta ómnibus del Parlamento Europeo prevé aplazamientos (transparencia → nov. 2026, alto riesgo → dic. 2027, Anexo I → ago. 2028). Estos aplazamientos solo serán efectivos tras la adopción formal. Las negociaciones con el Consejo están en curso.
Aplicable
2 de febrero de 2025
Aplicable
2 de agosto de 2025
Proximo plazo
2 de agosto de 2026
Proximo
2 de agosto de 2027
2 de febrero de 2025Aplicable

Practicas prohibidas y alfabetizacion en IA

Entrada en vigor de las prohibiciones del articulo 5 y de la obligacion de alfabetizacion en IA del articulo 4. Las organizaciones deben asegurarse de que su personal tenga un nivel suficiente de comprension de la IA.

Obligaciones aplicables:

  • Prohibicion de sistemas de puntuacion social (Art. 5(1)(c))
  • Prohibicion de manipulacion subliminal y explotacion de vulnerabilidades (Art. 5(1)(a)(b))
  • Restricciones a la identificacion biometrica remota en tiempo real (Art. 5(1)(d))
  • Prohibicion de categorizacion biometrica basada en datos sensibles (Art. 5(1)(g))
  • Obligacion de alfabetizacion en IA para todo el personal relevante (Art. 4)
2 de agosto de 2025Aplicable

Reglas GPAI y gobernanza

Aplicacion de las obligaciones para modelos de IA de uso general (Capitulo V) y establecimiento de la gobernanza europea. La Oficina Europea de IA supervisa el cumplimiento de los proveedores de modelos GPAI.

Obligaciones aplicables:

  • Documentacion tecnica para modelos GPAI (Art. 53(1)(a))
  • Politica de cumplimiento de derechos de autor (Art. 53(1)(c))
  • Publicacion del resumen de datos de entrenamiento (Art. 53(1)(d))
  • Obligaciones reforzadas para modelos con riesgo sistemico (Art. 55)
  • Designacion de autoridades nacionales competentes (Art. 70)
2 de agosto de 2026Proximo plazo

Alto riesgo (Anexo III) + Transparencia (Art. 50)

Aplicación simultánea de las obligaciones para sistemas de IA de alto riesgo (Anexo III) y de las obligaciones de transparencia (Art. 50). Este plazo cubre la mayoría de las obligaciones sustantivas del Reglamento para proveedores, responsables del despliegue, importadores y distribuidores.

La propuesta ómnibus (aún no adoptada) prevé una separación: transparencia el 2 de noviembre de 2026, alto riesgo el 2 de diciembre de 2027. Estos aplazamientos solo serán efectivos tras la adopción formal.

Obligaciones aplicables:

  • Sistema de gestión de riesgos (Art. 9)
  • Gobernanza de datos (Art. 10)
  • Documentación técnica conforme al Anexo IV (Art. 11)
  • Supervisión humana y transparencia (Art. 13, 14)
  • Información a las personas que interactúan con un sistema de IA (Art. 50.1)
  • Marcado de contenidos sintéticos — watermarking (Art. 50.2)
  • Declaración de conformidad UE y marcado CE (Art. 47, 48)
2 de agosto de 2027Proximo

Sistemas integrados en productos regulados (Anexo I)

Último plazo del calendario de aplicación, relativo a sistemas de IA de alto riesgo que son componentes de seguridad de productos cubiertos por la legislación de armonización de la Unión listada en el Anexo I (maquinaria, juguetes, dispositivos médicos, etc.).

La propuesta ómnibus (aún no adoptada) prevé un aplazamiento al 2 de agosto de 2028. Este aplazamiento solo será efectivo tras la adopción formal.

Obligaciones aplicables:

  • Conformidad de sistemas de IA como componentes de seguridad de productos Anexo I
  • Integración en procedimientos de evaluación de conformidad sectoriales existentes
  • Documentación técnica integrada en la documentación del producto
  • Marcado CE que cubre tanto el producto como el componente de IA

Preguntas frecuentes sobre el calendario del AI Act

Encuentre respuestas a las preguntas mas frecuentes sobre los plazos y la aplicacion progresiva del Reglamento europeo de inteligencia artificial.

El Reglamento (UE) 2024/1689 sobre inteligencia artificial (AI Act) se publico en el Diario Oficial de la Union Europea el 12 de julio de 2024 y entro en vigor el 1 de agosto de 2024. Sin embargo, sus disposiciones se aplican de forma progresiva, con plazos escalonados entre febrero de 2025 y agosto de 2027, segun el tipo de obligacion y el nivel de riesgo del sistema de IA en cuestion.

El AI Act preve cuatro plazos principales: el 2 de febrero de 2025 para las practicas prohibidas y la obligacion de alfabetizacion en IA (articulo 4), el 2 de agosto de 2025 para las normas aplicables a los modelos GPAI, el 2 de agosto de 2026 para las obligaciones de transparencia (articulo 50) y los sistemas de alto riesgo del Anexo III, y el 2 de agosto de 2027 para los sistemas de IA integrados en productos regulados del Anexo I.

Desde el 2 de febrero de 2025, son aplicables dos categorias de obligaciones: la prohibicion de practicas de IA de riesgo inaceptable (articulo 5), como la manipulacion subliminal o la puntuacion social, y la obligacion de alfabetizacion en IA (articulo 4), que exige a todos los proveedores e implementadores formar a su personal. Desde el 2 de agosto de 2025, las normas para los modelos de IA de uso general (GPAI) tambien estan en vigor.

La propuesta omnibus es un texto legislativo presentado por la Comision Europea que busca simplificar y aplazar ciertos plazos del AI Act. Propone en particular aplazar las obligaciones de transparencia (articulo 50) a noviembre de 2026, los sistemas de alto riesgo del Anexo III a diciembre de 2027 y los productos regulados del Anexo I a agosto de 2028. Mientras esta propuesta no sea adoptada formalmente por el Parlamento y el Consejo, siguen siendo aplicables las fechas oficiales del reglamento.

Segun el reglamento vigente, los sistemas de IA de alto riesgo incluidos en el Anexo III (biometria, infraestructuras criticas, empleo, educacion, etc.) deben ser conformes antes del 2 de agosto de 2026. Los sistemas integrados en productos regulados del Anexo I (dispositivos medicos, maquinaria, etc.) tienen hasta el 2 de agosto de 2027. La propuesta omnibus, si se adopta, podria aplazar estos plazos a diciembre de 2027 y agosto de 2028, respectivamente.

El incumplimiento de las obligaciones en la fecha de aplicacion expone a sanciones financieras significativas: hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocios mundial anual por practicas prohibidas, hasta 15 millones de euros o el 3 % por otras obligaciones. Las autoridades nacionales de vigilancia del mercado son responsables del control y pueden realizar inspecciones, solicitar documentacion y ordenar la retirada de sistemas no conformes del mercado.

Si, el AI Act tambien se aplica a los sistemas de IA ya comercializados o puestos en servicio antes de las fechas de aplicacion, siempre que sean objeto de modificaciones significativas tras la entrada en vigor del reglamento. Los sistemas de IA de alto riesgo ya desplegados por autoridades publicas deben ponerse en conformidad dentro de los plazos previstos. Los proveedores e implementadores deben, por tanto, anticipar y planificar su cumplimiento antes de cada fecha limite.

Para prepararse, se recomienda: (1) realizar un inventario de todos sus sistemas de IA y determinar su nivel de riesgo, (2) identificar las obligaciones aplicables a su rol (proveedor, implementador, importador), (3) establecer la documentacion tecnica y el sistema de gestion de riesgos requeridos, (4) formar a su personal en alfabetizacion en IA, y (5) planificar las evaluaciones de conformidad necesarias. Nuestra herramienta de diagnostico gratuita le ayuda a identificar rapidamente sus obligaciones y los plazos que le afectan.

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